La Audiencia Nacional se ha abstenido hacia un joven del delito de deseos públicos al que se acusa de haber enviado en 2022, antes de embarcar en un vuelo de Londres a Menorca, un mensaje a sus amigos para que robaran el avión. El mensaje, enviado a un grupo privado en la plataforma Snapchat, compartido con sus amigos y con quienes lo cruzaban, fue interceptado por las autoridades y motivado a mover una línea de avión para escoltarlo hasta su destino. La Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan una fianza para el joven de 22.500 euros más por parte del ciudadano por los delitos públicos provocados por el falso bombazo y el pago de una indemnización de 94.782 euros al Ministro de Defensa por los gastos de viaje aeronáutico militar , un Eurofighter.
en su frase, el juzgado central de la Audiencia Penal Nacional, José Manuel Fernández Prieto, explicó que el 3 de julio de 2022 el imputado Aditya Verma, de 19 años, natural de la India y con pasaporte británico, envió el mensaje a quien Una foto y un Aparece un texto en inglés que dice: “De camino a volar el avión (soy miembro de los talibanes)”. El problema no atañe a las causas de este mensaje privado que fue recogido por los mecanismos de seguridad del Reino Unido cuando el avión sobrevolaba el espacio aéreo francés, ya que fue notificado por las autoridades españolas, que dieron a conocer un caso Escoltó al vuelo comercial hasta Menorca. .
Una vez en la tierra, entendemos que la supuesta amenaza no es real, ni los explosivos ni los objetos o instrumentos que la confirmaron, añade. Para el juego, su acción no puede considerarse constitutiva de infracción porque “no se revela ni se enciende a distancia con la intención de provocar la movilización del avión, ni de ningún otro servicio de policía, asistencia o salvamento”. ”. Y agrego que “el mensaje citado y la fotografía no se envían a ningún organismo oficial ni se publicitan en ninguna parte” si “se realizan en un ambiente estrictamente privado, entre el acusado y sus amigos con quienes miran, al pasar por un grupo en a la que sólo ellos tienen acceso”.
El magistrado afirmó que “ni el acusado puede suponer ni remotamente que el hermano que fue enviado a sus amigos pueda ser interceptado o detectado por los servicios británicos, ni por otras personas de sus amigos que recibieron el mensaje”. “Muy al contrario, se lleva a cabo en un ambiente estrictamente privado, entre el imputado y sus amigos con quienes miran, a través de un grupo privado”, explica Fernández Prieto. Hay que reconocer que no sabemos cómo recurrir a los servicios británicos para conocer las fotografías y los mensajes enviados, aunque no se trata del objeto de verificación en el tribunal, pero insiste en que no se atribuye al imputado la intención de trasladar los servicios indicados. El magistrado debe referirse a la insinuación en el sentido de que quizás fue uno de los amigos que reveló el mensaje. Respecto de esta circunstancia, hay que declarar que “en todo este caso en la difusión pública de la comunicación por un tercero del grupo privado, se comete delito de cometería de tercero, nunca l’acusado”.
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